21/5/09

Demagogias e hipocresías (Vol I.)

En relación a que las menores a partir de 16 años
puedan abortar sin consentimiento ni habiendo informado
a sus progenitores:

El fragmento de la ley que aquí abajo escribo, viene a
contestar a todos aquellos que preguntan el porqué de
esta medida en el borrador de la ley del aborto.

La Ley básica de autonomía del paciente,Ley 41/2002,
de 14 de noviembre de 2002, aprobada en un gobierno
de Aznar, en el que se permite a cualquier menor de
edad, una vez alcanzados los 16 años decidir sobre
cualquier tipo de intervención quirúrgica, así que
ponen el grito en el cielo cuando una menor quiere
abortar pero si se trata de quimioterapias,
radioterapias, operaciones de cualquier tipo, no.


Artículo 9
Límites del consentimiento informado
y consentimiento por representación

3. Se otorgará el consentimiento por
representación en los siguientes supuestos:

c) Cuando el paciente menor de edad no sea
capaz intelectual ni emocionalmente de comprender
el alcance de la intervención. En este caso,
el consentimiento lo dará el representante legal
del menor después de haber escuchado su opinión
si tiene doce años cumplidos. Cuando se trate
de menores no incapaces ni incapacitados, pero
emancipados o con dieciséis años cumplidos, no
cabe prestar el consentimiento por representación.

Sin embargo, en caso de actuación de grave riesgo,
según el criterio del facultativo, los padres
serán informados y su opinión será tenida en
cuenta para la toma de la decisión correspondiente.

ABORTO SI

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